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A estas alturas la mayoría hemos oído la frase; “No tendrás nada y serás feliz” y seguramente cueste creer que eso nos lo estén diciendo a la cara y nosotros no creamos que sea algo real

El famoso Covid fue el Gran Caballo de Troya para entrar a saco en nuestra vida, en nuestras casas, en nuestras costumbres y en las leyes de nuestro país de una forma tan brutal, como nunca ha ocurrido antes.

 

La ministra Montero anuncia el NOM

El Nuevo Orden Mundial es el saludo de inicio de las reuniones de la masoneria. Por tanto estaban haciendo de todo el pais una secta

A partir de las palabras de la ministra Montero, y aunque la mayoría de los españoles no entendieran que significaban, nos estaban haciendo rehenes de sus nuevas leyes pensadas con meticulosidad y morbo, de como hacerse con nuestras vidas.

 

 

Porque a partir de este momento, entraron a saco para cambiar entre otras La Ley de Seguridad Nacional que permite a Sánchez expropiar bienes y movilizar a los españoles

 

¿Qué es la Ley de Seguridad Nacional en España?

Este título regula la gestión de crisis, conjunto ordinario de actuaciones dirigidas a detectar y valorar los riesgos y amenazas concretos para la Seguridad Nacional, facilitar el proceso de toma de decisiones y asegurar una respuesta óptima y coordinada de los recursos del Estado que sean necesarios.

 

La Ley de Seguridad Nacional que legitima al Gobierno a tomar estas medidas mediante Real Decreto sin consultar al Consejo de Seguridad Nacional o al Congreso.

 

la Ley de Seguridad Nacional, arroja alarmantes detalles más propios de régimen dictatoriales que de democracias consolidadas. Además de poder movilizar a todos los mayores de edad, el presidente, Pedro Sánchez, podrá disponer de todos los recursos públicos y privados en aras del bien común.

 

Así, según recoge la exposición de motivos de esta normativa, “la actuación de la seguridad nacional, mediante la declaración por el presidente del Gobierno de una situación de interés para la seguridad nacional, permite integrar la acción de todos los recursos disponibles de las administraciones públicas afectadas, e incluso aquellos que estuvieran en mano de particulares, mediante el ejercicio de las potestades ordinarias previstas por el ordenamiento jurídico”.

Es decir, Sánchez podrá expropiar cualquier bien que considere clave por Real Decreto, sin pasar ni por el Congreso ni por el Consejo de Seguridad Nacional, y, además, podrá saltarse los trámites “si existen razones de urgencia o de oportunidad que así lo exijan”.

 

De hecho, según recoge el borrador, el proyecto de ley se compone de un artículo único y dos disposiciones finales que tiene como único objeto la modificación de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. En este sentido, él tiene como objetivo reformar el Título IV, el correspondiente a la «Contribución de recursos a la Seguridad Nacional». Este Título IV se subdivide en cuatro capítulos.

Llama la atención el capítulo III que, literalmente, otorga al presidente del gobierno “la potestad de dictar directamente el Real Decreto de declaración de la situación de interés para la Seguridad Nacional, sin necesidad de reunir previamente al Consejo de Seguridad Nacional” o al Congreso de los Diputados.

Además, la nueva redacción del Título IV, relativo a la Contribución de recursos a la Seguridad Nacional, establecería en su artículo 28.1 que ” en los casos de situación de interés para la Seguridad Nacional, cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará́ obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional o de la autoridad funcional, sin derecho a indemnización por esta causa, y al cumplimiento de las órdenes e instrucciones, generales o particulares, que aquellas establezcan”.

 

 

Asimismo, en su artículo 3, dice, explícitamente que se “podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así́ como a la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios y, en su caso, a la suspensión de actividades”. Unas medidas que recuerdan mucho a las expropiaciones chavistas durante la revolución de Hugo Chávez.

En concreto, el borrador habla de la posibilidad de nacionalizar empresas para crear “una Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial” para asegurar la disponibilidad de los servicios esenciales y el suministro de bienes y suministros considerados básicos.

La modificación de la normativa señala, en todo momento el borrador, atiende a las necesidades de la pandemia del COVID como uno de los motivos por los que se tiene que actualizar el marco normativa.

El Consejo de ministros, a propuesta del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, ha aprobado un proyecto de ley, para su tramitación parlamentaria, que regula la contribución de recursos a la seguridad nacional.

Se trata de una modificación puntual de la Ley de Seguridad Nacional de 2015, que no afecta al contenido esencial y da cumplimiento al mandato que la propia ley exigía de regulación de los recursos, además de adaptarse a la experiencia vivida por la crisis sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19.

Con la nueva regulación, el Gobierno podrá conocer con exactitud y en cada momento los medios públicos y privados con los que cuenta y se asegura que la movilización de los recursos se lleva cabo de forma eficiente e integrada.

Se garantiza así que España tenga los recursos de primera necesidad y de carácter estratégico necesarios para superar los problemas que puedan surgir en los ámbitos de especial interés para la seguridad nacional.

La contribución de recursos se realizará en coordinación con las Comunidades Autónomas que, además de aportar medios humanos y materiales, intervendrán en las fases de planificación y gestión de estos recursos.

Entre los aspectos más novedosos del nuevo sistema, destacan los siguientes:

Regula el Catálogo de Recursos del Sistema de Seguridad Nacional, en el que se incluirán los datos de los recursos humanos, medios materiales, instalaciones y activos que puedan ser de utilidad para afrontar una crisis. En este Catálogo se integrarán los catálogos sectoriales elaborados por los departamentos ministeriales, los autonómicos y los del resto del sector público.

Además, regula la participación del sector privado en la contribución de estos recursos.

Prevé la elaboración de “planes de preparación y disposición”, así como su puesta a prueba mediante ejercicios que permitirán comprobar la fluidez de los mecanismos de coordinación, las comunicaciones y el grado de eficacia de la actuación conjunta en la gestión de crisis.

Permite al Consejo de Seguridad Nacional activar preventivamente esos planes. De esta manera, una vez declarada dicha situación, se podrá disponer de forma inmediata de los recursos necesarios.

Crea la “Red de comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno”, que servirá como mecanismo de apoyo del Sistema de Seguridad Nacional e incluirá toda la información relacionada con la preparación y disposición de la contribución de recursos.

Eleva a rango legal la “Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial” (RECAPI), creada para reducir la dependencia española del exterior en recursos de primera necesidad o de carácter estratégico. Además, será gestionada por un órgano de nueva creación: el Centro de Coordinación y Promoción de la Industria Estratégica.

Para la redacción del texto del anteproyecto de ley, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Dirección de Seguridad Nacional coordinaron un grupo de trabajo integrado por representantes de todos los ministerios que forman parte del Consejo de Seguridad Nacional.

 

 

 

 

BIBLIOGRAFIA : SUSANA CAMPO Creada: 07.07.2021 18:31

 

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